Llegamos al final del acto administrativo después de la iniciación, ordenación e instrucción con la finalización del acto administrativo. Es la hora que la Administración pública dicte el veridicto. Aquí tienes el temario gratis de oposición gratis para auxiliares administrativos.
La fase de finalización del procedimiento administrativo es muy importante, por ese motivo, siempre entra en los exámenes de auxiliar administrativo. Forma parte del Título IV – De las disposiciones sobre el procedimiento administrativo común.
La finalización es la fase en la que el procedimiento llega a su fin, bien porque la Administración dicta una resolución o porque ocurre otra causa que impide continuar. Por ejemplo, el interesado renuncia o el expediente caduca (todo esto ya lo veremos a continuación).

El procedimiento puede finalizar de 5 formas principales:
A) Resolución
Es la manera más común de acabar el procedimiento y tiene una serie de características:
- Debe ser motivada cuando afecte a derechos, discrecionalidad, sanciones, etc.
- Debe resolver todas las cuestiones planteadas por los interesados.
- Se dicta por el órgano competente.
- Debe ser clara, congruente y precisa.
- No puede agravar la situación inicial del interesado si el procedimiento se inició a instancia de parte.
Los plazos son los siguientes: debe ser fijado por el procedimiento aunque si no hay plazo fijado no puede superar los 3 meses y si no se resuelve hay silencio administrativo.
B) Silencio administrativo
Cuando la Administración no responde en el plazo legal, se entiende que el procedimiento termina por silencio administrativo. Puede ser positivo o negativo y la Administración puede resolver semanas después. En el blog le dedicamos un temario entero explicándolo.
C) Desistimiento del interesado
Se pueden dar diversas causas que provoquen el desestimiento:
- El interesado renuncia expresamente a su derecho.
- Solo es válida si el derecho no es de interés público ni irrenunciable. También conlleva el archivo del expediente.
E) Caducidad
Se da cuando se producen una serie de causas:
- El procedimiento iniciado por el interesado se paraliza por su causa (no contesta, no aporta documentación…).
- La Administración le advierte que si no actúa en 3 meses, se declarará la caducidad.
- Produce el archivo del expediente, aunque no impide volver a iniciar otro procedimiento.
Si el procedimiento se ha iniciado de oficio sólo caduca cuando la Administración pública decide que puede archivar la causa al expirar los tempos.
Esperamos que este temario gratis para oposiciones de auxiliar administrativo sea de ayuda para que apruebes el examen.

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