¿Qué es el recurso de alzada?

Ya hemos estudiado el recurso contencioso-administrativo con el cual podemos seguir el proceso administrativo. En este caso, estudiaremos un recurso nuevo como es el de alzada.

Este recurso es diferente al contencioso-administrativo ya que esta dedicado a actos que aún NO HAN TERMINADO por la vía administrativa y puedan incurrir en nulabilidad. Se puede enviar desde a partir de el día siguiente de la notificación hasta un 1 mes o en cualquier momento desde que hay silencio administrativo (sí, esto lo hemos estudiado). Si es presunto se puede enviar en cualquier momento.

IMPORTANTE: Se puede interponer el recurso ante el mismo órgano o el superior jerárquicamente (tiene 10 días para remitir el expediente). En el caso, que el órgano superior se haga cargo del acto administrativo, tiene 3 meses para resolverlo.

¿Qué es el recurso de alzada? Ya hemos estudiado el recurso contencioso-administrativo con el cual podemos seguir el proceso administrativo. En este caso, estudiaremos un recurso nuevo como es el de alzada.

¿Cómo se resuelve?

La resolución expresa se dicta en tres meses que puede derivar en otros dos recursos: revisión y contencioso-administrativo). Si no hay resolución, se crea un recurso contencioso-administrativo.

En cambio, si la resolución expresa no agota la vía administrativa pasará a ser estimado/desestimado y volviendo a los recursos anteriormente nombrados.

Las leyes puedes sustituir los recursos de alzada en determinados ámbitos y se justifique, en ese caso, el recurso cambiará a impugnación, reclamación, arbitraje, etc.

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